Normas de la Comunidad

I. Las normas se aplican a todos los propietarios, visitantes e inquilinos. Los empleados del complejo tienen la autoridad para hacer cumplir estas normas. Los propietarios que alquilen su propiedad deben informar a sus inquilinos sobre las normas de la comunidad y de la piscina, asegurándose de que las comprendan e incluyéndolas en el contrato de alquiler.

II. Todos los propietarios deben comunicar sus quejas, sugerencias y observaciones al Administrador de la Comunidad, quien las remitirá al responsable correspondiente.

III. Todos los propietarios deben proporcionar al Administrador sus datos de contacto personales para poder localizarlos en caso de emergencia.

IV. El acceso a la urbanización se realiza únicamente por las puertas y portillos designados y existentes. Está prohibido utilizar atajos (por ejemplo, saltar la valla). Las puertas de la urbanización deben permanecer siempre cerradas para evitar accesos no autorizados. Cualquier comportamiento sospechoso debe ser reportado al vigilante de seguridad y/o a la Guardia Civil (Tel.: 062).

V. Está estrictamente prohibido arrojar basura en cualquier parte del complejo.

VI. Está estrictamente prohibido realizar actividades que generen ruido o molestias entre las 22:00 y las 8:00 horas, ya que estas horas están destinadas al descanso de los residentes. Todos los residentes deben asegurarse de que sus actividades no perturben la paz y tranquilidad de la comunidad durante este horario.

VII. Los propietarios con mascotas deben cumplir las siguientes normas:
a) Los perros deben ir siempre atados, con bozal si pertenecen a una raza peligrosa, y nunca pueden estar sueltos en el recinto.
b) No se permite que las mascotas hagan sus necesidades en los jardines comunes ni en espacios compartidos de la urbanización. Los propietarios deben recoger inmediatamente los residuos y desecharlos adecuadamente. El incumplimiento puede conllevar sanciones económicas.
c) El propietario debe asegurarse de que sus mascotas no excedan niveles de ruido aceptables. Según la ley española, el horario de silencio es de 22:00 a 8:00.

VIII. Dentro de la urbanización, está prohibido el uso de vehículos y dispositivos con ruedas (como bicicletas, patinetes, monopatines, etc.), salvo que sean guiados manualmente. Esto excluye el garaje, donde aplican las normas descritas en el punto XXIV. No aplica a medios de transporte utilizados por personas con discapacidad.

IX. Todos los proveedores y trabajadores deben registrarse en seguridad antes de entrar en el recinto. Se recomienda avisar con antelación, especialmente si es necesario abrir la puerta grande.

X. Está prohibido transportar en el ascensor objetos que excedan su capacidad o puedan dañarlo. Los niños menores de 12 años deben ir acompañados de un adulto.

XI. Cualquier modificación en la propiedad debe respetar la normativa de colores, notificarse a la Junta Directiva y no causar daños en zonas comunes. El propietario será responsable de los daños ocasionados.

XII. No se permite ninguna modificación o instalación en la fachada o muros comunes sin permiso previo por escrito de la Junta Directiva.

XIII. Se permite instalar cortinas de cristal en los balcones si no alteran la estética y cumplen:
• Vidrio transparente de 10 mm (vidrio tintado permitido en planta baja).
• Marco gris RAL 7001.
Además, deben aplicarse medidas de seguridad por el viento.

XIV. Las llaves de los armarios de contadores estarán en poder de seguridad y del Administrador. Los propietarios serán responsables de cualquier daño mientras las tengan.

XV. Está prohibido tomar fotos o vídeos de personas o propiedades sin consentimiento.

XVI. No se debe almacenar basura en zonas comunes, jardines privados ni balcones. Debe depositarse en los contenedores designados.

XVII. Las propiedades deben mantenerse limpias. No arrojar nada por el balcón, incluida agua de limpieza.

XVIII. Los propietarios de viviendas en planta baja no pueden instalar elementos de más de 110 cm ni plantar vegetación con raíces extensas.

XIX. No se deben colocar tendederos, ropa o toallas en jardines o balcones interiores.

XX. Los buzones deben vaciarse regularmente.

XXI. Está prohibido almacenar pertenencias en plazas de aparcamiento, pasillos o zonas comunes.

XXII. Los carteles de venta o alquiler deben colocarse solo en la parte interior del balcón o en las lamas.

XXIII. Los propietarios deben aparcar únicamente en sus plazas asignadas. Vehículos mal estacionados pueden ser retirados.

XXIV. En el garaje deben seguirse normas básicas de seguridad. Los niños con dispositivos con ruedas deben ir acompañados.

XXV. Está prohibido almacenar sustancias peligrosas o inflamables en los trasteros.

XXVI. La instalación de puntos eléctricos en trasteros requiere aprobación de la Junta y debe ser realizada por un electricista certificado.

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